La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo plan de facilidades de pago de hasta 120 cuotas para deudas impositivas vencidas al 15 de agosto. La resolución está destinada a micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos, y dispone de la suspensión de embargos por 90 días para las PyMEs.
El período de adhesión al plan será del 2 de septiembre al 31 de octubre a través del sector “Mis facilidades” de la web de AFIP, con una tasa máxima del 2,5% mensual.
A través de la resolución, AFIP incorpora en la categorización a contribuyentes “asimilados a PyMEs”, a aquellos sujetos caracterizados en el Sistema Registral como “Potencial micro, pequeña y mediana empresa (tramo I y II).
Se trata de aquellas empresas que no superen los topes de facturación establecidos por la Resolución Nº 220-19 de la Secretaría de Emprendedores y PyMEs de la Nación.
Es de destacar que a partir de la nueva resolución, aquellos autónomos, monotributistas, MiPyMEs y asimilables que tuvieron fondos embargados, dispondrán de ellos siempre y cuando se incluya en el plan de pagos a la deuda que dio origen a esos embargos.
Se adjunta Resolución 4.557/2019 de AFIP con los tipos de planes comprendidos, obligaciones excluídas, procedimientos de adhesión y de cancelación anticipada y condiciones de caducidad, entre otros puntos de relevancia.