¿Cómo afectan las nuevas disposiciones sanitarias al comercio?
El gobierno provincial, a través del decreto N° 0266, dispuso un marco regulatorio actualizado en el contexto de la pandemia de Covid-19. El mismo brinda precisiones sobre el desarrollo de actividades sociales, deportivas, culturales, religiosas, económicas y de servicios. También brinda información sobre la implementación del pase sanitario.
Con respecto a estas actividades, el decreto sostiene que las personas deberán mantener distancia mínima de dos metros, usar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, ventilar ambientes, higienizarse asiduamente las manos y no exceder la ocupación del 70% de la superficie.
Por otro lado, indica que aquellos diagnosticados como caso confirmado, con esquema de vacunación completo (menos de 5 meses después de haber recibido su esquema primario o aplicada la dosis de refuerzo), deberán aislarse por 7 días corridos y permanecer los 3 días corridos inmediatos maximizando los cuidados y minimizando contactos de riesgo.
Quienes sean “contacto estrecho” asintomático y con esquema de vacunación completo, no necesitan aislarse, aunque deberán maximizar los cuidados. Esta condición alcanza a quienes hayan recibido la dosis de refuerzo con al menos 14 días de antelación o hayan tenido Covid-19 en los últimos 90 días. No así, a quienes no se hayan vacunado, los cuales deberán cumplir un aislamiento de entre 10 y 7 días dependiendo de si están debidamente vacunados o no.
En cuanto a horarios, el comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías con atención al público en locales, con excepción de kioscos y similares, deberán cerrar hasta las 21 horas. Las farmacias también podrán realizar turnos de guardia.
Fuera de este horario, solamente podrán realizar actividad comercial a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y mecanismos que no requieran contacto personal.
Los locales gastronómicos podrán trabajar hasta las cinco horas del día siguiente en los días jueves, viernes, sábados y víspera de feriados, mientras que el resto de los días, hasta las 4 horas del siguiente.
El decreto también dispone la exigencia para toda persona que haya cumplido los 13 años de acreditar que posee su esquema de vacunación completo contra el Covid-19. El mismo debe estar aplicado la menos 14 días corridos antes de la asistencia a la actividad o evento al que asista.