Simplifican la obtención del certificado de exención del Impuesto a las Ganancias
La AFIP estableció un mecanismo simplificado que resuelve en 15 días corridos, en lugar de los 45 días que demanda el procedimiento general para que las entidades sin fines de lucro obtengan el certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias, el cual les acceder a beneficios impositivos.
La medida beneficia a cooperadoras escolares, fundaciones sin fines de lucro, bomberos voluntarios, comunidades indígenas, centros de jubilados y cooperativas de trabajo inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (REDLES), entre otras.
Procedimiento
Para realizar la solicitud de forma simplificada, las entidades deben acceder con clave fiscal al servicio “Certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias”, opción “Régimen simplificado”.
Una vez allí, tienen que completar los datos solicitados por el sistema, aceptar la información e imprimir el acuse de recibo del ingreso de la solicitud.
El sistema emitirá un comprobante que tendrá el carácter de acuse de recibo y asignará un número de presentación.
El procedimiento está explicado pantalla por pantalla en la guía paso a paso “Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias Régimen Simplificado”.
El certificado de exención del impuesto a las ganancias permite que las entidades sin fines de lucro no ingresen el tributo correspondiente como tampoco las posibles retenciones y percepciones de IVA.
El micrositio “Entidades sin fines de lucro” reúne toda la información relativa a cómo tramitar la exención de ganancias, financiar deuda y cuáles son los medios de pago disponibles.