LA AFIP OFICIALIZÓ UN PLAN DE FACILIDADES DE 120 CUOTAS PARA DEUDAS VENCIDAS
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo plan de facilidades de pago de hasta 120 cuotas para deudas impositivas vencidas al 15 de agosto. La resolución está destinada a micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos, y dispone de la suspensión de embargos por 90 días para las PyMEs.
El período de adhesión al plan será del 2 de septiembre al 31 de octubre a través del sector “Mis facilidades” de la web de AFIP, con una tasa máxima del 2,5% mensual.
A través de la resolución, AFIP incorpora en la categorización a contribuyentes “asimilados a PyMEs”, a aquellos sujetos caracterizados en el Sistema Registral como “Potencial micro, pequeña y mediana empresa (tramo I y II).
Se trata de aquellas empresas que no superen los topes de facturación establecidos por la Resolución Nº 220-19 de la Secretaría de Emprendedores y PyMEs de la Nación.
Es de destacar que a partir de la nueva resolución, aquellos autónomos, monotributistas, MiPyMEs y asimilables que tuvieron fondos embargados, dispondrán de ellos siempre y cuando se incluya en el plan de pagos a la deuda que dio origen a esos embargos.
Se adjunta Resolución 4.557/2019 de AFIP con los tipos de planes comprendidos, obligaciones excluídas, procedimientos de adhesión y de cancelación anticipada y condiciones de caducidad, entre otros puntos de relevancia.